Cooperativa Multiactiva De Suboficiales En Retiro

Auxilio Póstumo coomuatolsure

en esos momentos difíciles

El Fondo de Auxilio Póstumo tiene por objeto otorgar auxilios económicos por fallecimiento del asociado o de sus beneficiarios en forma oportuna. Se considera con acceso a este subsidio el núcleo familiar que está compuesto por el Asociado, Padres, esposa(o), compañera(o) permanente, hijos hasta 24 años o hasta su emancipación, hijos discapacitados sin límite de edad.

DESTINACIÓN: Los recursos del Fondo de Auxilio Póstumo se destinarán para:

  1. Subsidiar a los Asociados y Beneficiarios por fallecimiento de algún miembro de su familia descrito en el Artículo Primero del presente Reglamento.
  2. Reconocer Auxilio Póstumo de la siguiente manera: Un (1) SMMLV a partir de su afiliación para todos los asociados.
  3. Cuando se trate del fallecimiento de un beneficiario, con dos o más asociados en común, cada uno tendrá derecho equitativamente por partes iguales a recibir el valor de mencionado auxilio correspondiente a un (1) SMLV.
  4. En caso de muerte del Asociado y sus familiares, la Cooperativa como expresión de solidaridad, se hará presente con arreglos florales o notas de condolencia, informando su fallecimiento en la página de la Cooperativa.

PLAZO: Los Asociados y beneficiarios del Auxilio en mención, deben presentar la documentación necesaria, dentro de los noventa (90) días calendario siguiente a la fecha en que ocurrió el deceso. Vencido el plazo, el Asociado o beneficiario perderá el derecho a reclamar.

apoyo coomuatolsure
Fallecimiento coomuatoslure
Familia coomuatolsure

REQUISITOS

  1. Ser Asociado hábil, cumplir las normas estatutarias y las disposiciones contempladas en el presente reglamento.
  2. Cumplir y estar al día oportunamente con las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo, estar a paz y salvo con COOMUATOLSURE y sus entidades Vinculadas ASOGEMA y FUNCHINCÁ.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

ACUERDO No.541 REGLAMENTO FONDO AUXILIO PÓSTUMO

La solicitud escrita de reconocimiento del Auxilio Póstumo, deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  1. Registro Civil y/o partida de (bautismo o de matrimonio) según el caso, que acredite el grado de parentesco con el fallecido, cuando se trate de Padres o Hijos, de acuerdo a las normas legales vigentes. En el evento que el asociado(a) o esposo(a) no sea casados aportar una declaración de convivencia juramentada ante Notaria Pública.
  2. Registro Civil de Defunción.
  3. Cuando el fallecido sea esposa(o) de quien presenta la solicitud, debe anexar la resolución del Comando de Fuerza o de la Caja de Retiro, que lo acredite como legítimo beneficiario.

PARÁGRAFO UNO: Los documentos antes mencionados, se deberán presentar en original o fotocopia debidamente autenticada en Notaria.